Las siguientes Condiciones Generales de Venta (en adelante, C.G.V.) constituyen un contrato legalmente vinculante suscrito entre SUMCAB SPECIALCABLE GROUP, S.L. (en adelante, el vendedor o SUMCAB) y sus clientes (en adelante, el comprador), y sus términos y condiciones generales se aplicarán a la venta de todos los productos que el vendedor venda a sus clientes.
Cualesquiera otros términos y condiciones diferentes a las presentes condiciones de venta no tendrán efecto, salvo acuerdo expreso en contra realizado por escrito entre el vendedor y el comprador (que en adelante también serán denominados las partes) y anula cualesquiera otros acuerdos o contratos previos, orales o escritos, entre las partes.

1-Perfeccionamiento del Contrato.

Con la realización de un pedido a SUMCAB, el comprador acepta todos los términos y condiciones del presente contrato. Su contenido figura incorporado en la página web de SUMCAB.

2-Ofertas.

Las ofertas realizadas por SUMCAB, ya sea por iniciativa propia o a solicitud del comprador, son únicamente de carácter informativo y no son vinculantes para el vendedor hasta que éste haya aceptado el pedido por escrito. Salvo que se indique lo contrario en las ofertas, la validez de estas será de 10 días naturales a contar desde el momento de su comunicación al cliente.
SUMCAB se reserva el derecho a revisar el precio ofertado durante el plazo de aceptación y con posterioridad al mismo, salvo que expresamente se haya pactado un precio fijo para todo el periodo de suministro. En este último caso si el vendedor revisa el precio ofertado, el comprador podrá desistir de la compra de lo que reste por suministrar.

3-Pedido y Aceptación.

Los pedidos realizados por el comprador especificarán necesariamente el producto, cantidad, precio, termino de venta acordado (Incoterm 2020), lugar y fecha de entrega, así como cualquier otro detalle que se estime de especial relevancia para el satisfactorio cumplimiento del contrato, como pueden ser marcados, etiquetaje o embalajes entre otros.
En pedidos de fabricación especial y/o que estén fuera de catálogo, la aceptación del pedido por parte de Sumcab estará sujeta a la aceptación por parte del comprador de las Fichas técnicas de dichos productos, mediante la firma y sello de estas.
La cantidad que suministrar puede sufrir una variación de hasta un 5% de tolerancia, sin posibilidad de reclamación por parte del comprador.

SUMCAB podrá aceptar o rechazar cualquier pedido. El pedido se entenderá aceptado salvo que el vendedor lo rechace por escrito dentro de los 20 días siguientes a su recepción. Una vez aceptado el pedido por parte de SUMCAB, se enviará una Confirmación de pedido al cliente. La fecha indicada en dicha Confirmación será la que determina la activación efectiva del mismo, y a partir de ese momento no se aceptará su cancelación, salvo autorización expresa y por escrito por parte del vendedor. Con la realización del pedido, el comprador declara haber leído y conocer todas y cada una de las presentes condiciones, las cuales acepta expresamente y se adhiere a las mismas en sus propios términos.

  4-Precios.

Los precios serán los establecidos en la confirmación de pedido, se considerarán netos y exentos de impuestos. Los precios se denominan generalmente en divisa Euro (€). Salvo que se indique lo contrario, el precio de venta de las mercaderías no incluye el coste del transporte, las bobinas y los palés en los que se entrega. En la factura correspondiente se determinará el precio asignado a transporte, bobinas y palés.

En aquellas ofertas que contengan precios indexados al valor del metal, el precio definitivo del pedido se determinará teniendo en cuenta (salvo pacto en contrario) el valor del metal del día después de recepción del pedido. El índice de referencia será, si no otra hubiera disposición en contrario, el de la Bolsa de Metales de Londres (LME).

 5-Entrega.

La entrega del material se entenderá efectuada con arreglo a los Términos Internacionales de Comercio (lncoterms 2020) cuando los productos vendidos hayan sido puestos a disposición del comprador en el lugar de entrega que figure en el pedido. Si el comprador o su consignatario no recogen los productos o cualquier parte de estos en las fechas y lugares acordados, SUMCAB podrá, a su elección, resolver el contrato, cancelando la entrega y cualesquiera otras pendientes, procediendo a cargar al comprador todas las pérdidas y perjuicios sufridos, o exigir su cumplimiento, almacenando los productos por cuenta, coste y riesgo del comprador, quién deberá abonar todos los gastos y sobrecostes que ello suponga. Lo mismo se aplicará en aquellos casos en los que el comprador solicite retrasar la entrega del producto o que el mismo sea almacenado en las instalaciones del vendedor hasta su recepción o entrega.

En este supuesto, SUMCAB declina cualquier responsabilidad sobre todo el material que guarde en sus almacenes, corriendo por cuenta del comprador los gastos de almacenaje y el seguro de los bienes depositados. Las fechas de envío o entrega se establecen de acuerdo con las reglas de la buena fe y el vendedor hará todo lo posible por despachar o entregar en la fecha pactada. No obstante, el retraso razonable o por causas justificadas al despachar o entregar el pedido nunca podrá entenderse como incumplimiento del contrato. Cualquier reclamación por posibles perjuicios que la demora haya podido causar al comprador deberá formularse por escrito dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de entrega del material.

De lo contrario no se aceptará ninguna responsabilidad ni cargo por la misma. SUMCAB sólo responderá de penalizaciones por retraso en entregas en aquellos casos en los que haya aceptado, por escrito, cláusulas de penalización en el momento de la aceptación del pedido en cuestión. La descarga de las mercaderías será por cuenta del comprador, a no ser que, expresamente y por escrito, se haya pactado lo contrario. El comprador se compromete a tener todos los medios necesarios para la descarga del material en el momento de la entrega y será responsable de los costos adicionales que su ausencia pueda causar al vendedor.

6-Inspección y comunicación.

El comprador está obligado a inspeccionar los productos en el momento de su entrega e informar al vendedor inmediatamente y por escrito en un plazo no superior a siete (7) días naturales desde la fecha de entrega de cualquier falta, defecto o deterioro en productos entregados. No se aceptarán reclamaciones por daños causados por el transportista en las mercaderías vendidas transcurridas 48 horas desde su entrega al cliente, quien también deberá cursar reclamación a la agencia de transporte. En el supuesto de que los daños sean visibles en el momento de la entrega deberán hacerse constar en el albarán o talón de agencia que presente el transportista por la entrega de las mercaderías. Los defectos en calidad o en cantidad de cualquier producto entregado no serán motivo para cancelar el resto de los pedidos pendientes de suministro. Cualquier diferencia razonable entre la cantidad o el metraje de los productos pedidos no dará derecho, por si sola, a ninguna reclamación por incumplimiento de contrato, sin perjuicio de los abonos o cargos que las partes puedan hacerse por tal diferencia. En las ventas de productos fuera de catálogo o fabricados bajo petición personalizada del cliente, el comprador estará obligado a abonar el precio de la cantidad y metraje de los productos que efectivamente se le entreguen, siempre que dichas cantidades y/o metrajes se encuentren comprendidos entre un -5% y un +5% de los especificados en el pedido. En el caso de fabricaciones inferiores a 300 Mts. dicha tolerancia se establece en -10% y +10%.

7-Bobinas.

En el supuesto de que el comprador quisiera recuperar el importe satisfecho por las bobinas y palés, el vendedor reintegrará al comprador el importe cobrado por las bobinas o palés, con una reducción por demérito del 30%, siempre que el comprador las devuelva dentro de los 2 años siguientes a la entrega de las mimas, a portes pagados y en buen estado. Salvo acuerdo expreso, el precio de venta de las mercaderías destinadas a la exportación incluye el importe de las bobinas y/o palés, por lo que no se admitirá su devolución ni se reintegrará importe alguno. La admisión de bobinas y palés en los almacenes del vendedor será decidida por su personal técnico. Las bobinas y/o palés en mal estado serán rechazados en el mismo momento de su llegada corriendo los costes de devolución o destrucción a cargo del comprador.

8-Descripción y garantías.

SUMCAB garantiza que los productos entregados al comprador son aptos para el comercio y que se ajustan a la descripción contenida en la confirmación del pedido. Los catálogos, listas de precios, descripción de productos en la página web o cualquier material publicitario emitido por el vendedor son de naturaleza informativa y aproximada, estando sujetos a cambios sin previo aviso.

 9-Limitación de responsabilidad.

La responsabilidad del vendedor por cualquier defecto del producto se limitará, a elección del vendedor, a la reposición de los productos en cuestión, o al reintegro del precio pagado por el comprador previa devolución del producto. El vendedor no garantiza los materiales vendidos en el caso de que fueran revendidos, manipulados o utilizados para usos distintos a las instrucciones, especificaciones técnicas y recomendaciones aprobadas por el vendedor o contraviniendo las disposiciones y reglamentos electrotécnicos vigentes en cada país. No se admitirán devoluciones de producto vendido, salvo como consecuencia de defectos de este de acuerdo con las condiciones establecidas en este documento. En otro caso, la devolución deberá ser aceptada por escrito por SUMCAB y los bienes devueltos deberán estar en perfecto estado y en condiciones de ser vendidos de nuevo. Los gastos de devolución en este supuesto serán por cuenta y cargo del comprador. En ningún caso se aceptará la devolución de productos especialmente manufacturados de acuerdo con las necesidades del cliente, así como la anulación de pedidos de los mismos productos cuando ya se hayan lanzado a producción, salvo que el cliente asuma el pago de los daños y perjuicios (incluido el lucro cesante) que tal devolución y/o anulación puedan reportar al vendedor.

10-Fuerza mayor.

Si por causa de fuerza mayor ( fuego, accidentes, guerra, pandemias, huelgas, cierres patronales, motines, disturbios civiles, paralización de las plantas de producción, restricciones, o falta en el suministro energético, de materias primas o de transporte, prohibiciones o restricciones gubernativas o cualquier otra causa -sea o no de la misma naturaleza de las anteriores-, fuera del control razonable de cualquiera de las partes), el vendedor no puede, o ve aplazada, retrasada u obstaculizada la realización del envío o la entrega de los productos o de alguna parte de éstos, en el plazo y lugar establecidos para su entrega, el comprador podrá optar entre conceder un aplazamiento razonable para el cumplimiento del contrato o, si así le conviene, desistir de la entrega afectada por la causa de fuerza mayor, sin penalización alguna para el vendedor. En ningún caso, SUMCAB será responsable por las pérdidas y/o daños sufridos por los compradores que se deriven, directa o indirectamente, de o como consecuencia de los eventos o acaecimientos antes mencionados.

11-Condiciones de pago.

El pago de los suministros se realizará en la forma y plazo de pago pactados con el comprador y establecidos en la confirmación del pedido, salvo que se estipule por escrito otra cosa. En todo caso, las condiciones de pago por parte del cliente se sujetarán a la legislación de plazos de pago del territorio en que se realice la venta. En consecuencia, el vendedor retendrá el derecho de propiedad de cualquier producto suministrado hasta que el producto haya sido totalmente pagado. SUMCAB se reserva el derecho de cancelar cualquier pedido incompleto, o de suspender la entrega en el caso que el comprador incumpla cualquiera de sus obligaciones, o si el vendedor conoce por el mercado y/o las compañías aseguradoras del crédito que el comprador no se halla en situación de cumplir sus obligaciones puntualmente.

Los pagos vencidos e impagados por falta de liquidez o concurso permitirán al vendedor suspender el contrato en curso sin notificación escrita o previa. Con independencia del país al que vayan destinados los bienes manufacturados por el vendedor, las condiciones de pago de las compraventas regidas por este contrato se regularán por lo establecido en la legislación española y en especial en la Ley 15/2010, de 5 de Julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por las que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, o las disposiciones que en el futuro las sustituyan. Las indemnizaciones, intereses de demora y penalizaciones en caso de incumplimiento de las condiciones de pago pactadas, se ajustarán a lo establecido en sus normas.

Asimismo, el comprador no podrá retener pagos por reclamaciones no reconocidas por SUMCAB. En caso de impago/ retraso en el pago de las facturas, todos los efectos pendientes, pero no vencidos se devengarán pagaderos automáticamente independientemente de las condiciones de pago estipuladas para las mismas.

 12-Reserva de dominio.

La propiedad de los productos suministrados será de SUMCAB hasta que el comprador haya realizado el pago íntegro de todas las facturas del pedido. De todos modos, el riesgo para al comprador cuando los productos sean puestos a su disposición.

 13-Modificación del Contrato.

SUMCAB podrá introducir cambios en el presente Contrato a su entera discreción. Todo cambio sustancial introducido en el mismo se publicará en la página web del SUMCAB y los compradores podrán conocerlos a través del enlace que figurará en toda la documentación electrónica emitida por el vendedor. La continuidad en las relaciones comerciales tras dicha publicación de cambios introducidos en el presente Contrato constituirá la aceptación por parte de los compradores de dichos cambios. Antes de la aceptación de cualquier pedido, SUMCAB podrá suspender la gama de productos o cualquier parte de esta. Del mismo modo podrá modificar sus catálogos, Fichas técnicas, listas de precios y ofertas en las condiciones expresadas en este contrato.

14- Instalaciones, mantenimiento y puesta en marcha (Sumcab Robotics)

El Cliente deberá proporcionar a tiempo todas las características de las instalaciones y equipos, así como garantizar que se reúnan todas las condiciones necesarias para el montaje en la Planta para el correcto funcionamiento de la Obra/Servicio.

Cliente se asegurará de:

a) que el personal de SUMCAB pueda iniciar el trabajo de conformidad con el calendario acordado y trabajar durante la jornada laboral ordinaria. El trabajo podrá ser desarrollado fuera de la jornada laboral ordinaria en la medida en que SUMCAB y Cliente lo consideren necesario.

b) informar a SUMCAB antes de que se inicie el montaje, de toda normativa relevante en materia de seguridad aplicable en el lugar del Emplazamiento. El montaje no podrá llevarse a cabo en entornos insalubres o peligrosos. Todas las medidas de seguridad y prevención necesarias deberán haber sido adoptadas con anterioridad al inicio de los trabajos de montaje y deberán mantenerse durante la realización de estos.

c) que el personal de SUMCAB pueda obtener alojamiento y comida, en condiciones de sanidad y seguridad adecuados en las cercanías del lugar de Emplazamiento y tenga acceso a instalaciones sanitarias y servicios médicos aceptables internacionalmente.

d) proporcionar al personal de SUMCAB los equipos de elevación necesarios, las herramientas auxiliares, la maquinaria y suministros de energía para el desarrollo de sus tareas profesionales. SUMCAB especificará antes de la Obra/servicio sus necesidades de suministro.

e) poner a disposición de las instalaciones de almacenamiento necesarias, proporcionando protección frente a robo o deterioro, de las herramientas y los equipos necesarios para el montaje, y de los efectos personales del personal de SUMCAB.

f) que las vías de acceso al lugar de Emplazamiento sean adecuadas a las exigencias de transporte, equipos y personas.

g) que se considerará que las presentes condiciones generales han sido comunicadas al Cliente desde el momento en que a éste se le comunica la página web en que se encuentran las mismas o recibe una oferta del SUMCAB indicando la existencia de estas condiciones generales. Alternativamente, se considerarán como comunicadas si el Cliente las recibió previamente en el curso de su relación comercial con SUMCAB, considerándose en todos estos casos aceptadas por el Cliente, a todos los efectos, al cursar el pedido.

Todos los costos incurridos bajo este párrafo serán asumidos por el Cliente.

15-Derechos de La Propiedad Industrial.

En el supuesto de violación de derechos de propiedad industrial de las empresas, y atribuibles a diseños técnicos o datos proporcionados por el comprador, éste se compromete a eximir a SUMCAB de cualquier reclamación y asumir por su cuenta las responsabilidades derivadas de la misma.

16-Independencia de cláusulas.

En caso de que, independientemente de la causa o extensión, cualquier disposición del presente Contrato sea declarada nula, inválida o no ejecutable, dicha nulidad, invalidez o no ejecutabilidad, no afectará ni conllevará la nulidad, invalidez o inejecutabilidad del resto de las disposiciones del presente Contrato, haciéndose valer la aplicación de dicha disposición en la mayor medida permitida en virtud de La Legislación aplicable.

17-Ley aplicable y controversias.

El presente Contrato se regirá e interpretará con arreglo a La Legislación española. Toda controversia, disputa o reclamación que surja de, o en relación con, el presente Contrato se someterá a la jurisdicción de Los juzgados o tribunales de la Ciudad de Barcelona (España). competentes para dirimir dicha controversia, disputa o reclamación.

18-Prioridad de La versión en castellano.

En caso de que el presente Contrato sea traducido a otros idiomas y exista una incongruencia entre las versiones en los dos idiomas, prevalecerá la versión castellana en tanto en cuanto dicha incongruencia sea consecuencia de un error en la traducción.

19-Confidencialidad.

Las partes mantendrán de forma confidencial cualquier información relativa a los productos o de los negocios de ambas (cualquiera sea la fuente de información). Esta restricción no será extensible a la información exigida a cualquiera de las partes por cualquier autoridad administrativa y/o judicial.

20-Privacidad.

Las partes ostentan el derecho y la obligación de recopilar y tratar la información de carácter mercantil y la relativa a sus relaciones de acuerdo con las normas de La Ley Orgánica de Protección de Datos española.

CGV SUMCAB SPECIALCABLE GROUP Rev. 2 (ESP)